Derecho de Sucesiones

ÁREA PROFESIONALES

Dado el alto nivel de especialización de LEX360 en el ámbito del Derecho de Sucesiones, es frecuente la colaboración con otros profesionales del Derecho (abogados, gestores, notarios) en asuntos relacionados con esta materia.

A tales efectos, esta colaboración puede consistir en la elaboración de dictámenes, un asesoramiento más continuado e, incluso, la asistencia y sustitución en un asunto. En este sentido, la forma de llevar a cabo nuestro trabajo depende de lo que el compañero u otro profesional precise adecuándonos en todo momento a sus necesidades y respetando la relación de éste con el cliente.

Para más información puede enviarnos un e-mail a Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla. .

ÁREA PARTICULARES

LEX 360 es, sin duda, uno de los despachos punteros en el marco de Derecho de Sucesiones. Ofrecemos un servicio de asesoría jurídica integral. Por poner solo algunos ejemplos:

Planificación Sucesoria:

  • Elaboración de testamentos, codicilos, donaciones mortis causa.
  • Pactos Sucesorios.
  • Testamento vital.
  • Poderes preventivos.
  • Nombramiento de autotutela.


Procedimientos Extrajudiciales:

  • Aceptación o Repudiación de Herencia y/o legados.
  • Manifestación y Adjudicación de Herencia.
  • Pago de legítima [no judicial].
  • Entrega de legado [no judicial].
  • Declaración de herederos ab intestato [no judicial].
  • Mediación familiar para la solución del conflicto sucesorio.


Procedimientos Judiciales:

  • Declaraciones de fallecimiento.
  • Declaraciones de herederos ab intestato.
  • Autorizaciones venta de bienes de menores.
  • Interrogatio in iure.
  • Reclamación de legítima y su suplemento.
  • Reclamación de cuarta trebeliánica y cuarta falcida.
  • División Judicial de la herencia.
  • Petición de entrega de legado.
  • Nulidad de testamento.
  • Revocación del cargo de albacea.
  • Protocolización testamento ológrafo.
  • Declaración de inoficiosidad de legados.
  • Reclamación de la cuarta viudal.
  • Usufructo viudal y su conmutación.
  • Impugnación de disposiciones testamentarias.


Área Fiscal:

  • Liquidación de Impuestos.
  • Planificación impositiva.

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Para que sirve un testamento?

Aunque no resulta sencillo pensar en nuestra propia muerte, es imprescindible hacerlo si queremos proteger a aquellos a los que más queremos, el día en el que faltemos.

Sólo por otorgar testamento, ahorraremos importantes costes a nuestros herederos porque, en principio, no deberán acudir a un procedimiento (notarial o judicial) de declaración de herederos ab intestato. Pero es más, un testamento correctamente realizado nos permitirá evitar conflictos entre nuestros herederos, facilitar el proceso de la sucesión, conseguir que se cumplan nuestros deseos e, incluso, impedir que nuestros bienes acaben en manos de quien no queremos.

Un testamento es un documento revocable. De hecho, a lo largo de nuestra vida podemos otorgar tantos testamentos como deseemos.

¿Qué es un testamento vital?

En virtud del llamado testamento vital el otorgante, en plenitud de sus capacidades mentales, puede manifestar de forma anticipada qué atenciones o tratamientos médicos desea recibir y cuales no, en caso de hallarse en una situación irreversible o terminal que le impida expresarse por sí mismo.

Aunque existen varios modelos estandarizados, es aconsejable una redacción personalizada, eligiendo entre las distintas opciones, así como nombrar a un representante que vele por el cumplimiento íntegro de las instrucciones dadas por el otorgante.

Asimismo, en dicho documento de voluntades anticipadas podemos realizar previsiones referentes a la donación de órganos o del cuerpo y a las formas de entierro o incineración.

Este documento es revocable.